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DESCUENTOS CON CARNET JOVE
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20.30 h del dia 08/02/2012

ORDEN 39/2010, de 17 de diciembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud titulares de escuelas oficiales de animación juvenil, reconocidas y homologadas por la Generalitat, para el año 2011. DOCV 6425 de 27/12/2010.

V. texto de la orden Publicación DOCV

  ORDEN 39/2010, de 17 de diciembre, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a asociaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud titulares de escuelas oficiales de animación juvenil, reconocidas y homologadas por la Generalitat, para el año 2011. DOCV 6425 de 27/12/2010.
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Documentos
  Solicitud
  Presupuesto 2011
  Ficha de actividad
  Relación de cursos
  Declaración de ayudas minimis
  Declaración responsable
Tipo de ayuda:
Escuelas de animadores
Plazo de solicitud
-Inicio:
28/12/2010
-Final:
04/02/2011
Objeto:
Podrán ser objeto de subvención los gastos corrientes derivados de las acciones formativas siguientes:

a) Cursos de Formación Básica (Cursos de Monitor de tiempo libre infantil y juvenil y Cursos de Animador Juvenil) acreditados por el IVAJ en los términos previstos en el artículo 32 de la Orden de 3 de febrero de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regulan los cursos en materia de animación juvenil y el procedimiento de reconocimiento y pérdida de reconocimiento de las escuelas oficiales de animación juvenil en la Comunidad Valenciana modificada por Orden de 25 de mayo de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social.

b) Cursos de formación permanente en materia de Animación Juvenil acreditados por el IVAJ.
c) Cursos o seminarios de formador de animadores acreditados por el IVAJ.
d) Otras actividades que tengan como finalidad la mejora de la calidad de la formación.

2. Estas acciones formativas, cuyo inicio deberá producirse en el período comprendido entre los días 1 de octubre de 2010 y 30 de septiembre de 2011, deberán cumplir con lo dispuesto en el Decreto 60/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la formación en materia de animación juvenil en la Comunidad Valenciana y realizarse o haberse realizado dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones juveniles y demás entidades constituidas legalmente e inscritas en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana, titulares de Escuelas Oficiales de Animación Juvenil, reconocidas y homologadas por la Generalitat de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 60/2005 de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la formación en materia de animación juvenil en la Comunitat Valenciana.
Requisitos:
La inscripción en el Censo de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Comunitat Valenciana deberá haberse producido con anterioridad a la fecha de publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Pago:
El pago de estas ayudas se efectuará de una sola vez, previa justificación del empleo de las mismas, para lo cual los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación:

a) Memoria justificativa de las actividades realizadas objeto de subvención.
b) Facturas originales y copias para ser cotejadas por la unidad de registro del órgano competente, correspondientes a los gastos corrientes derivados de las actividades subvencionadas y por el importe total de la subvención concedida. Dichas facturas deberán cumplir con los requisitos establecidos por la normativa vigente.
Las facturas correspondientes a los gastos periódicos derivados del funcionamiento de las instalaciones donde se han desarrollado las actividades objeto de subvención no podrán superar el 15% del importe total de la subvención concedida.
c) Detalle de los gastos de personal (nóminas, minutas) que haya trabajado directamente en las actividades formativas subvencionadas, junto con los correspondientes modelos de los impresos justificativos de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las retenciones del IRPF en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
d) Certificado del tesorero de la asociación o entidad titular de la escuela haciendo constar que el importe de la subvención está registrado como ingreso previsto dentro de su contabilidad para el año 2011, con el visto bueno del representante legal de la misma.
e) Certificación del tesorero de la asociación o entidad titular de la escuela (para la justificación de subvenciones) en la que se relacionen las facturas presentadas, con indicación del número de orden, fecha, concepto, nombre y CIF del proveedor e importe facturado, así como los documentos presentados acreditativos de los gastos efectuados en materia de personal, especificando, en su caso, el número de orden, nombre y DNI del perceptor, concepto y períodos liquidados y sus respectivos importes, con el visto bueno del representante legal de la misma.
Observaciones: